martes, 10 de enero de 2012

SUCESION INTESTADA, QUIENES SON LLAMADOS A ACEPTARLA

Cuando una persona fallece y no ha dispuesto en vida de sus bienes y derechos, es decir no formalizo un TESTAMENTO, en donde disponía libremente de sus bienes, es decir a que personas les dejaría sus bienes, 

Cuando esto sucede estamos frente a una SUCESIÓN INTESTADA, cuando eso sucede, ante el hecho que el difunto no dispuso de sus bienes, el legislador, establece que personas son llamadas a aceptar herencia, y en que orden de preferencia.
El  Art. 988. del Código Civil lo establece así:

 Son llamados a la sucesión intestada:
    1º Los hijos, el padre, la madre y el cónyuge, y en su caso el conviviente sobreviviente;2º Los abuelos y demás ascendientes; los nietos y el padre que haya reconocido voluntariamente a su hijo; 3º Los hermanos; 4º Los sobrinos; 5º Los tíos; 6º Los primos hermanos; y, 7º La Universidad de El Salvador y los hospitales. (20)(21)
Como podemos observar en primer orden de preferencia, y en los mismos términos, es decir en igualdad de derechos: Los hijos, el padre, la madre y el cónyuge, y en su caso el conviviente sobreviviente, 
Si podemos observar incluye a CONVIVIENTE SOBREVIVIENTE, quedando claro que no es como erróneamente piensa la gente, que por el hecho que no estaban casados, la o el conviviente sobreviviente, no tiene derecho en la sucesión.
Y como podemos observar, los va enumerando en orden, estableciéndose que a falta de unos pueden suceder los que siguen, y así en ese orden, pero eso si, solo a falta de los primeros.
   Ahora bien, si los primeros ceden su derecho en la herencia, o la repudian, podrán suceder los siguientes.


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7 comentarios:

  1. No indican en el caso de intestado,, que porcentaje legalmente es para cada quien,,, o sea que porcentaje le tocará a hijos, esposa o exesposa y al o la conviviente ....

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    1. Se divide la herencia entre todos los sucesores,por partes iguales ya que todos tienen derechos por igual.

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  2. Mis padres me dejar una herencia y mi esposa tiene derecho a esta herencia?

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    1. Podria tenerla, en caso por medio de la sucesion tu te hagas dueño de ese terreno y decides pasar a nombre de ella dicho terreno, de igual forma aceptas la herencia elaboras tu testamento y se lo dejas a ella. Pero ella poder exigir esa herencia que no has repudiado tu no.

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  3. En el caso de la muerte de la madre son cinco hijos y tres terrenos Como se repartía la herencia

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    1. Hay que analizar si están vivos la madre de la madre de los 5 hijos o el padre de ella, o el esposo o cónyuge de ella, si ellos están vivos se debe de repartir en partes iguales puesto que todos tienen derechos iguales

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  4. Mi pregunta es la siguiente :
    Vivimos 4 hermanos mi abuela parte de mamá (mamá ya falleció )y papá
    En la propiedad dónde vivimos es legalmente de papá.
    Ya que ya falleció mamá podría mi papá que es prácticamente el dueño de la casa podría poner una denuncia o podría hecharnos de la casa
    En dónde toda la vida hemos vivido y hoy que ah fallecido mi mamá ya nos dijo que nos retirábamos si no cumplíamos normal

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